Micelio

Artículo 41

Cuando Los Vehículos Importados Por Miembros Del Personal Diplomático Acreditado O Por Las Misiones Diplomáticas Lleguen A La Capital De La República, El Ministerio De Relaciones Exteriores, A Solicitud Del Jefe De Misión, Otorgará Placas Diplomáticas Especiales Exentas De Impuestos Y Extenderá La Matrícula Y Tarjeta De Propiedad Correspondientes

Decreto 3135 de 1956 · Por el cual se determinan los privilegios y prerrogativas de los Agentes Diplomáticos y Consulares acreditados en Colombia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando Los vehículos importados por miembros del personal Diplomático acreditado o por las Misiones Diplomáticas lleguen a la capital de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a solicitud del Jefe de Misión, otorgará placas diplomáticas especiales exentas de impuestos y extenderá la matrícula y tarjeta de propiedad correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3135 de 1956