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Artículo 6

Modo Aéreo

Decreto 770 de 2014 · por el cual se establece el listado de cambios menores o ajustes normales en proyectos del sector de infraestructura de transporte que cuenten con licencia o su equivalente.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modo aéreo. Son cambios menores los siguientes

1.

Construcción, remodelación, reubicación ampliación y/o demolición de terminales, torres de control, edificio Servicio Aeronáutico de Rescate (SAR), edificio Servicio de Extinción de Incendios (SEI), y otros edificios de servicio lado aire y lado tierra.

2.

Remodelación, reubicación, demarcación y/o ampliación de plataformas, calles de rodaje, plataforma de giro, aparcaderos de espera, zonas de seguridad (Runway End and Safety Area -RESA, franjas), áreas de protección de chorro y puntos de espera, áreas de mantenimiento de aeronaves y servicios en tierra, dentro del área licenciada.

3.

Construcción ampliación, reubicación y/o mejoramiento de sistemas de tratamiento de aguas residuales, siempre y cuando no se intervengan áreas diferentes a las licenciadas y estos cambios garanticen las eficiencias necesarias para el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y se mantenga la capacidad de asimilación del cuerpo receptor.

4.

Rehabilitación de carreteables y cercados perimetrales.

5.

La ampliación, reubicación y/o modificación de cerramientos, vías, obras de arte, redes y demás obras de infraestructura física en aeropuertos o en estaciones aeronáuticas.

6.

Ampliación de pistas, siempre y cuando

a)

No se afecten fuentes naturales de agua.

b)

Se cumpla con lo establecido en la normativa de ruido para la etapa de construcción y operación y con lo dispuesto en el instrumento de control y manejo ambiental.

7.

Ampliación de la red de radares.

8.

Obras menores en modernización y expansión: se refiere a las obras civiles, arquitectónicas y de infraestructura física, que tienen por objeto actualizar y/o expandir la infraestructura existente sin que implique la construcción de estaciones o almacenamiento de combustibles. Estas obras incluyen

a)

Obras arquitectónicas: i) Remodelación o actualización de tecnología o de áreas de terminales de pasajeros, carga o de edificios complementarios en aeropuertos de uso lado aire o lado tierra. ii) Remodelación o actualización de tecnología o de áreas de edificios de uso aeronáutico: torres de control, edificios de Bomberos, Edificios Servicio Aéreo de Rescate, Centros de Control o gestión de la Vigilancia de Navegación, radares de superficie, estaciones meteorológicas, casa de equipos. iii) Remodelación o mejoramiento de urbanismo como: vías, parqueaderos internos o externos dentro del área del aeropuerto, o mejoramiento de caminos o vías no pavimentadas.

b)

Obras civiles i) Remodelación o actualización de canales, drenajes superficiales o subsuperficiales, trampas de grasas, trampas de arena, complementarios de obras de drenajes, box , descoles, encoles. ii) Remodelación de plataformas, calles de rodaje y pistas, etc., correspondientes a mejoras estructurales, mejoras en carpetas de rodadura, ampliaciones menores de secciones transversales. iii) Mejoras o actualización de nivelación y secciones de zonas de franjas de pista, franjas de calles de rodaje, márgenes de pista y calles de rodaje, zonas de seguridad de plataforma. iv) Remodelación o actualizaciones de facilidades de aeropuerto: área para autoridades y servicios de aeropuerto. Remodelación requerida por requisito de certificación de aeródromos en aeropuertos internacionales.

c)

Infraestructura física i) Remodelación o actualización de redes de alcantarillado de aguas servidas o aguas lluvias, sistemas de piscinas de oxidación, sumideros y su infraestructura complementaria. ii) Remodelación o actualización de redes de acueducto, red contra incendio, tanques de almacenamiento de agua, sistemas contraincendios y su infraestructura complementaria. iii) Remodelación o actualización de sistemas de energía, puntos eléctricos, cargas, estaciones, subestaciones, redes, ups, relevos, trasformadores para el sistema lado aire y el sistema lado tierra.

9.

Construcción de nuevas calles de rodaje (calles de acceso a puesto de estacionamiento de aeronaves, calles de rodaje en plataforma y calles de salida rápida) y ampliación de calles de rodaje (calles de acceso a puesto de estacionamiento de aeronaves, calles de rodaje en plataforma y calles de salida rápida).

10.

Construcción o ampliación de llaves de volteo. 11 .Ampliación y nivelación de zonas de seguridad ( Runway End and Safety Area - RESA, franjas). 12. Obras en la infraestructura aeronáutica, instalaciones y servicios destinados a facilitar y hacer posible la navegación aérea, tales como señalamientos, iluminación, ayudas a la navegación, informaciones aeronáuticas, telecomunicaciones, meteorología, radares, estaciones, VOR/DME y otras ayudas de sistemas de navegación y vigilancia. 13. Las siguientes actividades a desarrollar, siempre y cuando cuenten con fichas de manejo para el control y seguimiento ambiental y no requieran el desplazamiento o modificación de permisos o restricciones a las operaciones aéreas, salvo que exista un plan de contingencia para la mitigación de los impactos que se puedan generar con el levantamiento temporal de la restricción de operación aérea

a)

Actividades de repavimentación, mantenimiento o nivelación de las pistas de vuelo ya construidas; incluyendo eliminación de Foreing Object Damage (FOD) (daño potencial generado por objetos extraños en pista), sello de fisuras, eliminación de baches, demarcación de la pista y mantenimiento de las ayudas visuales y señalización.

b)

Actividades parciales de repavimentación, mantenimiento o nivelación de calles de rodaje.

c)

Mantenimiento o ampliación de aparcaderos de espera dentro de áreas autorizadas.

d)

Rehabilitación de vías existentes para el traslado de vehículos terrestres.

e)

Rehabilitación de plataforma de parqueo o áreas para el estacionamiento de aeronaves que incluyan cambio de concreto o pavimento en dichas áreas.

f)

Cambios en el tipo de pavimento para las plataformas de espera y calles de rodaje existentes que requieran mantenimiento preventivo o correctivo.

g)

Rehabilitación o mantenimiento preventivo y correctivo o cambios en los diseños arquitectónicos en áreas de terminal de pasajeros, de carga, de servicio de hangares, de la aviación en general, torres de control, edificio SAR, edificio SEI, y otras edificaciones asociadas a la actividad aeroportuaria lado aéreo y lado tierra.

h)

Construcción, conformación, revestimiento y mantenimiento de canales de aguas lluvias.

i)

Rehabilitación y mantenimiento de las obras de drenaje, control geotécnico y de infraestructura física del aeródromo.

j)

Construcción, adecuación, reubicación o ampliación de barreras contra ruido. 14. Cambios en el receptor y/o los sistemas o facilidades de tratamiento de residuos sólidos ordinarios, hospitalarios o peligrosos, solamente en el evento que el manejo de estos residuos sólidos esté autorizado para ser desarrollado por un tercero y éste cuente con los permisos ambientales requeridos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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