°. La Mesa de Inspección será servida por el Oficial mayor, como Jefe de ella, por un oficial primero i otro Oficial escribiente. Corresponde a la sección única de la Mesa de Inspección: La distribución de todos los asuntos que entren a la Secretaría i el registro de ellos en un libro que se llevará al efecto para saber la Mesa i sección a que hayan pasado i el estado que tengan; la promulgación de las leyes i decretos legislativos en materia militar; la expedición de los decretos ejecutivos en la misma materia; los documentos í diligencias de posesión de todos los empicados que hayan de tomarla ante el Secretario; lo relativo a pensiones concedidas a individuos de tropa, o a viudas, madres o huérfanos de militares muertos en defensa de la patria; la correspondencia general con los Gobiernos de los Estados i la especial sobre los asuntos adscritos a esta Mesa. El Oficial mayor autorizará todas las expías que hayan de darse por la Secretaría; e invigilará el trabajo de las otras Mesas i secciones para hacer que se lleve al corriente.
Decreto 107 de 1868 →Vigente
Artículo 2
La Mesa De Inspección Será Servida Por El Oficial Mayor, Como Jefe De Ella, Por Un Oficial Primero I Otro Oficial Escribiente
Decreto 107 de 1868 · orgánico de la Secretaría de Guerra de la Unión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.