Micelio

Artículo 6

Estudios De Soporte

Decreto 1072 de 2004 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte por Cable de Pasajeros y Carga.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Estudios de soporte . Los entes territoriales que estén interesados en implementar un proyecto de transporte mediante el sistema por cable y para el cual pretenda acceder a recursos de la Nación para la financiación, deberán estar soportados en estudios elaborados por una empresa o entidad con reconocida experiencia, estos deberán contener como mínimo los siguientes puntos

1.

Ubicación geográfica.

2.

Zona de Influencia.

3.

Análisis de la demanda de viajeros y proyección a 15 años.

4.

Sistema tecnológico y descripción del mismo.

5.

Análisis de costo de inversión y financiación.

6.

Presupuesto de ejecución de obras y equipos.

7.

Costos de operación.

8.

Factibilidad del proyecto y sostenibilidad.

9.

Análisis de aspectos ambientales y factibilidad ambiental.

10.

Análisis de seguridad de equipos y protección de usuarios.

11.

Programa de mantenimiento de instalaciones y equipos.

12.

Ficha de Estadísticas Básicas de Inversión (EBI) establecida por el Departamento Nacional de Planeación debidamente diligenciada.

Parágrafo 1

Las empresas que no requieran de recursos de la Nación para la financiación de los proyectos deberán adjuntar con la solicitud de habilitación de la empresa pública o privada, un resumen ejecutivo de los numerales del 1 al 12 de los estudios antes citados, acreditando la realización de los mismos.

Parágrafo 2

El Ministerio de Transporte será el encargado de expedir un concepto sobre la viabilidad técnica y financiera de los proyectos presentados, cuando se trate de aportes del Gobierno Nacional; en todo caso estos sistemas son excluidos de la aplicación de la Ley 310 de 1996 y el Decreto 3109 de 1997. CAPITULO V Habilitación de la empresa

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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