º. La comprobación de los contratos, para que produzca la extensión del término de prescripción, a que se refiere el artículo anterior, consistirá en la autenticación por ambas partes del documento, contentivo del contrato ante el Juez municipal de la ubicación del predio, la inscripción del mismo en la Oficina de Registro de Circulo respectivo , registro que se hará aún de oficio, en virtud de de remisión que del documento reconocido hará el juez Municipal , y una inspección ocular a solicitud del arrendador, practicada judicialmente antes del 1º de enero de 1947, para verificar que el contrato es real y no simulado, y que el arrendatario ha iniciado trabajos de cultivos en la parcela.
Artículo 11
La Comprobación De Los Contratos, Para Que Produzca La Extensión Del Término De Prescripción, A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Consistirá En La Autenticación Por Ambas Partes Del Documento, Contentivo Del Contrato Ante El Juez Municipal De La Ubicación Del Predio, La Inscripción Del Mismo En La Oficina De Registro De Circulo Respectivo , Registro Que Se Hará Aún De Oficio, En Virtud De De Remisión Que Del Documento Reconocido Hará El Juez Municipal , Y Una Inspección Ocular A Solicitud Del Arrendador, Practicada Judicialmente Antes Del 1º De Enero De 1947, Para Verificar Que El Contrato Es Real Y No Simulado, Y Que El Arrendatario Ha Iniciado Trabajos De Cultivos En La Parcela
Decreto 2365 de 1944 · Sobre régimen de tierras
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.