Micelio

Artículo 5

Para Los Efectos Legales, El Año De Servicios Debe Ser Ininterrumpido, Salvo Los Casos De Licencia Por Enfermedad Que No Exceda De 180 Días, O De Maternidad

Decreto 1347 de 1988 · por el cual se reglamenta el reconocimiento y pago de las vacaciones para los miembros del Congreso de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos legales, el año de servicios debe ser ininterrumpido, salvo los casos de licencia por enfermedad que no exceda de 180 días, o de maternidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1347 de 1988