Vigencia del Permiso . El Permiso por Protección Temporal tendrá vigencia hasta la fecha del último día en que rija del presente Estatuto y no será prorrogable, salvo que el Gobierno nacional en su momento decida prorrogarlo.
La expedición de cualquier tipo de visa por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores al migrante venezolano dará lugar a la pérdida de vigencia del Permiso por Protección Temporal y a su cancelación automática por parte de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.
Una vez el Permiso por Protección Temporal pierda vigencia, se procederá con su destrucción, de acuerdo con el procedimiento que establezca la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia para tal fin.