Micelio

Artículo 10

Transitorio

Decreto 120 de 1993 · por la cual se reglamenta el artículo 8° del Decreto número 2148 de diciembre 30 de 1992, sobre integración del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, ISS.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transitorio. Para la constitución del primer Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, las organizaciones de que tratan los artículos 1°, 2 y 3° del presente Decreto deben presentar las ternas de candidatos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la fecha del oficio a que se refiere el artículo 6°.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 120 de 1993