El seguro de vida colectivo de que trata el artículo 289 del Código Sustantivo del Trabajo, y que deben constituir a favor de sus trabajadores todas las empresas de carácter permanente de que trata esa norma, podrá cumplirse por medio de pólizas o contratos de seguros celebrados con la Compañía de Seguros Sendas, S. A.
Decreto 2388 de 1955 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2388 de 1955 · Por el cual se exime a la Compañía de Seguros Sendas S. A., del pago de Impuestos, se señalan normas sobre el Seguro de Vida Campesino, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.