Micelio

Artículo 10

Ley 7 de 1916 · Sobre formación, discusión y expedición de los Presupuestos Nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sesiones de la Comisión, que han de ser diarias, tienen carácter privado, y a ellas pueden concurrir con voz, pero sin voto, los Senadores y representantes, los Ministros del Despacho, los Magistrados de la Corte de Cuentas, los del Consejo de Estado y el Director de la Contabilidad General; pero sólo los Ministros, los Senadores y Representantes tienen el derecho de proponer créditos, contracréditos, modificaciones, suspensiones, etc.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 7 de 1916