Micelio

Artículo 2.3.1.6.1

Perfil Del Instructor Para La Formación De Instructores En Conducción

Decreto 1079 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Perfil del instructor para la formación de instructores en conducción. El instructor requerido para formar instructores en conducción debe acreditar los siguientes requisitos:

1.

Poseer certificación de instructor de la categoría para la cual dará instrucción.

2.

Acreditar el desempeño laboral a través de la certificación en las normas de competencia laboral de la titulación como formador de instructores de conducción en la categoría que se va a desempeñar.

3.

Ser tecnólogo o profesional en áreas afines al desempeño ocupacional, como mecánica y pedagogía.

4.

Dos años de experiencia como instructor de conducción en la categoría correspondiente.

5.

No haber sido sujeto de imposición de sanción alguna por ser contraventor de las normas de tránsito, durante el último año.

(Decreto 1500 de 2009, artículo 22).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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