Micelio

Artículo 3

Ley 14 de 1970 · Por la cual se honra la memoria del doctor Gustavo Jiménez Jiménez

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Educación Nacional, el Instituto Colombiano de Construcciones Escolares (I.C.C.E.), o las entidades que el Gobierno Nacional determine, realizarán los estudios de factibilidad y aquellos que fueren indispensables para que la obra prevista en el artículo anterior, sea incluida en los próximos planes y programas nacionales de desarrollo económico y social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 14 de 1970