Micelio

Artículo 3

Ley 2581 de 2026 · por medio del cual se modifican parcialmente las Leyes 1276 de 2009 y la Ley 1850 de 2017 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el artículo 15 de la Ley 1850 de 2017, el cual quedará así:

Artículo 15. Modifíquese el artículo 3º de la Ley 1276 de 2009, a través de la cual se modifica la Ley 687 del 15 de agosto de 2001. El cual quedará así:

Artículo 3°. Autoriza a las asambleas departamentales y a los concejos distritales y municipales para emitir una estampilla, la cual se llamará Estampilla para el bienestar del Adulto Mayor, como recurso de obligatorio recaudo para contribuir a la construcción, instalación, adecuación, dotación, funcionamiento, alimentación y desarrollo de programas de prevención y promoción de los Centros de Bienestar del Anciano, Centros de Vida para la Tercera Edad, Centros Día y la ejecución de programas y proyectos, dirigidos a la atención integral de las personas de la tercera edad que se encuentren en condiciones de descuido, vulnerabilidad, abandono, maltrato por negligencia, víctimas de violencia intrafamiliar, indigencia o extrema pobreza, damnificados por situación de desastres causados por fenómenos naturales y emergencias sanitarias, que no se beneficien de los programas centros vida, centros bienestar y granjas para el adulto mayor que hubieren en los departamentos, municipios y distritos, en cada una de sus respectivas entidades territoriales. Sin perjuicio de los recursos adicionales que puedan gestionarse a través del sector privado y la cooperación internacional.

Parágrafo

Medida Especial. En los casos de calamidad pública, desastres naturales o emergencias sanitarias, los recursos provenientes de la estampilla podrán destinarse prioritariamente, y no únicamente, a la atención de adultos mayores afectados, dentro o fuera de centros vida, centros bienestar o granjas del adulto mayor, permitiendo respuestas comunitarias descentralizadas, incluso si no existen centros institucionales en el territorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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