Facúltase al Gobierno Nacional para que, por intermedio del Ministerio de Educación Nacional, se dicten todas las medidas necesarias para el funcionamiento y dotación de los establecimientos que se crean por la presente Ley.
Ley 85 de 1963 →Vigente
Artículo 2
Ley 85 de 1963 · Por la cual se crean varias Escuelas-Hogares para Campesinas en el Departamento del Magdalena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.