Articulo 1º. Para todos los efectos legales, constituyen mercancías de Primer Grupo, las denominadas y comprendidas en la Posición del Arancel de Aduanas que se indica a continuación: Posición.Denominación. 684 Plata en bruto: en masas, lingotes, barras, coladas, polvo, pedazos, desechos y cenizas, (únicamente la que importe el Banco de la República con destino a la acuñación de monedas, o para vender a los manufactureros con destino exclusivo a su elaboración dentro del país.
Decreto 2794 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Para Todos Los Efectos Legales, Constituyen Mercancías De Primer Grupo, Las Denominadas Y Comprendidas En La Posición Del Arancel De Aduanas Que Se Indica A Continuación: Posición
Decreto 2794 de 1955 · Por el cual se modifica un grupo de importación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.