Articulo 13 . Control en la expedición del registro o licencia de importación. El Instituto Colombiano de Comercio Exterior -Incomex- verificara toda la información suministrada por el usuario en la solicitud de registro o licencia de importación. Cualquier inexactitud en la información genera la inadmisión de la solicitud, sin perjuicio de las sanciones legales a que hubiere lugar. Tratándose de información sobre precios declarados, el Incomex inadmitirá la solicitud de registro o licencia de importación cuando exista diferencia entre aquel y el precio registrado en la división de precios internacionales del Instituto. Dicha división solicitara la lista de precios o factura del respectivo fabricante o del distribuidor autorizado por el fabricante.
El control que realice el Incomex se efectuara sin perjuicio de las facultades de fiscalización de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.