Articulo 1° Modificase el articulo 1° del Decreto 442 del 10 de marzo de 1992, mediante el cual se comisionan a los doctores Jorge Orlando Meló y Manuel Cepeda Espinosa, con rango de Embajadores en misión especial, en el sentido que la fecha de iniciación de la comisión es a partir del 1° de abril y por el término de cuatro (4) días y tendrán derecho a la suma de doscientos setenta y nueve dólares (US$ 279) cada uno, durante los días que dure la comisión y no como aparece en la citada disposición.
Artículo 1
Modificase El Articulo 1° Del Decreto 442 Del 10 De Marzo De 1992, Mediante El Cual Se Comisionan A Los Doctores Jorge Orlando Meló Y Manuel Cepeda Espinosa, Con Rango De Embajadores En Misión Especial, En El Sentido Que La Fecha De Iniciación De La Comisión Es A Partir Del 1° De Abril Y Por El Término De Cuatro (4) Días Y Tendrán Derecho A La Suma De Doscientos Setenta Y Nueve Dólares (Us$ 279) Cada Uno, Durante Los Días Que Dure La Comisión Y No Como Aparece En La Citada Disposición
Decreto 570 de 1992 · por el cual se modifica el artículo 1º del Decreto 442 de 10 de marzo de 1992.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.