° Los doscientos cuarenta mil pesos ($ 240,000) a que se refiere el artículo 447, copiado arriba, se repartirán en la siguiente forma: ciento cuarenta y cuatro mil pesos ($ 144,000) para la carretera Garzón-La Plata-Caloto; y noventa y seis mil -pesos ($ 90,000) para la carretera del Moscopán. Comuníquese y publíquese.
Decreto 87 de 1938 →Vigente
Artículo 3
Los Doscientos Cuarenta Mil Pesos ($ 240,000) A Que Se Refiere El Artículo 447, Copiado Arriba, Se Repartirán En La Siguiente Forma: Ciento Cuarenta Y Cuatro Mil Pesos ($ 144,000) Para La Carretera Garzón-La Plata-Caloto; Y Noventa Y Seis Mil -Pesos ($ 90,000) Para La Carretera Del Moscopán
Decreto 87 de 1938 · Por el cual se distribuyen varias partidas correspondientes al presupuesto en curso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.