Micelio

Artículo 2

El Empréstito De Que Trata El Artículo Anterior Tendrá Un Plazo Total Hasta De 20 Años, Y Durante Él Los Títulos Nominativos De Deuda Pública Que Emita El Departamento, O Los Contratos De Mutuo Que Celebre, Devengarán Intereses O Una Tasa No Mayor Del 7% Anual, A Partir De La Fecha De Su Emisión

Decreto 1289 de 1951 · Por el cual se autoriza al Gobernador del Departamento de Cundinamarca para contratar un empréstito, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El empréstito de que trata el artículo anterior tendrá un plazo total hasta de 20 años, y durante él los títulos nominativos de deuda pública que emita el Departamento, o los contratos de mutuo que celebre, devengarán intereses o una tasa no mayor del 7% anual, a partir de la fecha de su emisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1289 de 1951