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Artículo 5

Los Grados De La Escala De Remuneración Fijada Por El Presente Decreto Se Agruparán En Los Siguientes Niveles, Así: Nivel Auxiliar: Del Grado 1 Al Grado 8

Decreto 540 de 1977 · Por el cual se fija la escala de remuneración correspondiente a las distintas categorías de empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden nacional, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los grados de la escala de remuneración fijada por el presente Decreto se agruparán en los siguientes niveles, así: Nivel auxiliar: Del grado 1 al grado 8. Nivel asistencial: Del grado 9 al grado 15. Nivel técnico: Del grado 16 al grado 26, y Nivel ejecutivo: Del grado 27 al grado 35.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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