Micelio

Artículo 1

Ley 34 de 1964 · por la cual se honra la memoria de un ilustre colombiano.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hónrase la memoria del doctor Diego Luis Córdoba, Senador de la República, eminente jefe político, profesor universitario, humanista y servidor de los intereses colectivos, quien enalteció a la Patria, con admirables talento y nobles virtudes cívicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 34 de 1964