Micelio

Artículo 1

Ley 34 de 1964 · por la cual se honra la memoria de un ilustre colombiano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hónrase la memoria del doctor Diego Luis Córdoba, Senador de la República, eminente jefe político, profesor universitario, humanista y servidor de los intereses colectivos, quien enalteció a la Patria, con admirables talento y nobles virtudes cívicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 34 de 1964