º. Todo expendedor deberá informar, de conformidad con lo establecido en el presente Decreto, el precio de venta de los bienes que ofrezca al público.
Decreto 1485 de 1996 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 1485 de 1996 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 3466 de 1982, en materia de fijación pública de precios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.