Plan Integral de Implementación. Dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia del presente capítulo, el Gobierno nacional bajo la coordinación de la Vicepresidencia de la República y los Ministerios de Minas y Energía, Ambiente y Desarrollo Sostenible, e Interior, formularán y pondrán en marcha un plan integral de implementación de las disposiciones previstas en el presente capítulo para garantizar el cumplimiento integral y efectivo de los derechos mineros de las comunidades negras afrocolombianas, raizales y palenqueras. En el plan se definirán las actividades prioritarias, las metas, los indicadores, los cronogramas y los presupuestos requeridos para su ejecución, en concertación con la Comisión Quinta del Espacio Nacional de Consulta Previa.
Decreto 1073 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.5.11.9.1
Plan Integral De Implementación
Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.