Micelio

Artículo 5

Ley 56 de 1947 · Por al cual se crea Escuela de Artesanos e Institutos Politécnicos Complementarios, para Señoritas, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las fundaciones de Escuelas de Artesanos a que se refiere la presente Ley, se harán sin perjuicio de los Institutos Industriales y Politécnicos y de Artes y Oficios creados hasta hoy o que se creen en los sucesivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 56 de 1947