Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1686 de 1997 · por el cual se suprimen y fusionan unas dependencias de la Policía Nacional del Ministerio de Defensa Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Estructura Orgánica. Con base en lo dispuesto en los artículos anteriores, la Policía Nacional tendrá la siguiente Estructura: 1. Dirección General 1.1 Subdirección General. 1.2 Inspección General. 1.3 Dirección Operativa. 1.4 Dirección Escuela Nacional de Policía "General Santander". 1.5 Dirección Administrativa y Financiera. 1.6 Dirección de Recursos Humanos. 1.7 Dirección de Policía Judicial. 1.8 Dirección de Inteligencia. 1.9 Dirección Antinarcóticos. 1.10 Dirección de Servicios Especializados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1686 de 1997