ARTICULO 12 . PATRIMONIO. El patrimonio de la Caja Promotora de Vivienda Militar estará constituido por
Los bienes muebles e inmuebles que haya adquirido o llegare a adquirir, la cartera, así como todas aquellas inversiones temporales y depósitos en dinero o especie que siendo de su propiedad, posea a cualquier título.
Las acciones, participaciones o aportes en sociedades o empresas organizadas o que se organicen, de conformidad con el objeto social o con las autorizaciones legales.
Las donaciones que se hagan a la Caja Promotora de Vivienda Militar por parte de entidades públicas o personas naturales o jurídicas de derecho privado, con autorización de la Junta Directiva.
La utilidad que en cada ejercicio fiscal sea reasignada al interior de la empresa, de conformidad con las normas legales vigentes.