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Artículo 4

Modifícase El Artículo 25 Del Decreto 210 De 2003, Modificado Por El Artículo 9° Del Decreto 2785 De 2006, El Cual Quedará Así: “ Artículo 25

Decreto 1289 de 2015 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase el artículo 25 del Decreto 210 de 2003, modificado por el artículo 9° del Decreto 2785 de 2006, el cual quedará así: “ Artículo 25 . Dirección de Productividad y Competitividad . Son funciones de la Dirección de Productividad y Competitividad las siguientes

1.

Asesorar al Ministro y Viceministros en la formulación de la política de Instrumentos de promoción a la productividad y competitividad, encaminada al fortalecimiento de las empresas para acceder a los mercados nacionales e internacionales.

2.

Participar con las entidades del Sistema Nacional de Innovación en las acciones tendientes a estimular la modernización, la innovación, el desarrollo y la transferencia de tecnológica dentro del sector productivo para fomentar la creación de nuevas capacidades empresariales que permitan acceder a mercados internacionales y consolidar su presencia en el mercado doméstico.

3.

Formular, implementar, concertar y evaluar la política de productividad y competitividad, y los planes y programas derivados de esta, con el fin de mejorar la productividad de las empresas y la competitividad de los productos y servicios del país.

4.

Coordinar el desarrollo de las acciones derivadas de los lineamientos de la Política de Productividad y Competitividad, con las entidades competentes de los sectores privado y público.

5.

Formular, implementar, concertar y evaluar las políticas, planes y programas de fomento, apoyo, modernización y fortalecimiento de la industria en coordinación con la Dirección de Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

6.

Articular los lineamientos de la política sectorial orientada a fortalecer las cadenas productivas, promoviendo el trabajo conjunto entre el sector privado y público, para desarrollar una estrategia de mediano y largo plazo que busque la integración entre los eslabones de las cadenas de bienes y servicios, con el fin de consolidar los mercados externos y la competencia en los mercados domésticos.

7.

Coordinar la política de productividad y competitividad con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y demás organismos y entidades relacionadas con dicha política.

8.

Coordinar con los sectores público y privado, las acciones tendientes a promover la adaptación, desarrollo, promoción y aplicación de programas de mejoramiento de la productividad en las empresas productoras de bienes, servicios y tecnología.

9.

Asesorar a las regiones en la identificación de ventajas competitivas para el fortalecimiento productivo regional.

10.

Participar en el desarrollo de las estrategias de competitividad a Nivel Andino, coordinando con los demás países de la subregión las acciones necesarias para conformar una política regional que busque la integración en materia de competitividad.

11.

Evaluar los instrumentos de promoción que utilizan otros países, analizar los resultados obtenidos con los existentes en Colombia y recomendar la creación de nuevos mecanismos o los ajustes necesarios para brindar a los exportadores y productores nacionales las condiciones que los hagan más competitivos.

12.

Proponer la simplificación de las operaciones y la eliminación de las barreras al comercio, en coordinación con las demás direcciones del Ministerio y otras entidades competentes.

13.

Evaluar las solicitudes de declaratoria de existencia de Zonas Francas, de ampliación, extensión o reducción de áreas, y verificar la calificación de los usuarios de las Zonas Francas.

14.

Adelantar el seguimiento al cumplimiento de los compromisos de inversión, empleo y demás obligaciones derivadas de la declaratoria de existencia de las Zonas Francas.

15.

Elaborar y compilar los informes técnicos relacionados con el funcionamiento de las Zonas Francas.

16.

Proponer la expedición de reglamentaciones y/o modificaciones a la normatividad sobre los instrumentos de promoción a la competitividad, productividad e inversión.

17.

Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la dependencia, que le sean asignadas”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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