Micelio

Artículo 14

Pensión En Situaciones Especiales

Decreto 2192 de 2004 · por el cual se desarrolla el régimen de pensiones de invalidez y sobrevivencia del personal de Soldados Profesionales de las Fuerzas Militares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Pensión en situaciones especiales . Las pensiones de los Soldados Profesionales en servicio activo que al momento de la invalidez o muerte, se encuentren destinados en comisión en el exterior, se liquidarán de conformidad con las partidas computables establecidas en el presente decreto, como si se encontraran destinados en el Comando de Fuerza respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2192 de 2004