Micelio

Artículo 56

Tratado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Estudios.

1.

El Consejo podrá estimular la preparación de estudios acerca de la economía de la producción y distribución del café, del efecto de las medidas gubernamentales de los países productores y consumidores sobre la producción y consumo del café, de las oportunidades para la ampliación del consumo de café en su uso tradicional y en nuevos usos posibles, así como acerca de las consecuencias del funcionamiento del presente Convenio para los países productores y consumidores de café, y en particular sobre su relación de intercambio.

2.

La Organización podrá estudiar la posibilidad de establecer normas mínimas para las exportaciones de café de los Miembros productores. El Consejo podrá examinar recomendaciones a este respecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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