Micelio

Artículo 2

Del Cuadro A Que Se Hace Mérito En El Artículo Anterior, Y Que Debe Ir Autorizado Con Las Firmas Autógrafas Del Tesorero Recaudador Y Del Revisor De Cuentas De La Tesorería

Decreto 1562 de 1918 · Reglamentario de la liquidación de porcientajes en que está dividido el producto de los impuestos fluviales en el río Magdalena y sus afluentes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Del cuadro a que se hace mérito en el artículo anterior, y que debe ir autorizado con las firmas autógrafas del Tesorero Recaudador y del Revisor de Cuentas de la Tesorería. se enviarán dos ejemplares al Ministerio de Obras Públicas, uno a la Corte de Cuentas y otro a cada una de las entidades encargadas del manejo de los porcientajes correspondientes al Alto Magdalena, al Brazo de Mompós y al Canal del Dique de Cartagena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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