Micelio

Artículo 2

Decreto 1337 de 1997 · por el cual se modifica el Decreto 2142 del 25 de noviembre de 1996.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Este Decreto rige a partir de su publicación. Publíque se y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Antonio Gómez Merlano.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1337 de 1997