Micelio

Artículo 3

Decreto 105 de 1903 · Por el cual se dicta el Presupuesto de Rentas y Gastos nacionales y el de Créditos Públicos, para la vigencia de 1903 y 1904, se fijan los nombres y sueldos de los empleados nacionales, y se ordena publicar la primera liquidación omitiendo una formalidad legal, etc

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.º Autorízase al Gobierno para que incluya en la liquidación tas samas necesarias para cubrir los eneldos del Presente mes á los empleados nacionales que existían en el bienio anterior y que han sido suprimidos , lo mismo que para hacer los giros de carácter definitivo aun antes de que vea la luz pública la nombrada liquidación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 105 de 1903