Micelio

Artículo 5

Las Corporaciones Judiciales Se Reunirán En Pleno, Ordinariamente, Una Vez Por Semana Y Extraordinariamente, Cuando Las Convoque Su Presidente

Decreto 1265 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto orgánico de la administración de justicia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las corporaciones judiciales se reunirán en pleno, ordinariamente, una vez por semana y extraordinariamente, cuando las convoque su presidente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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