Micelio

Artículo 1

Decreto 200 de 1904 · Sobre la Escuela Central de Artes y Oficios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° En lo sucesivo los expresados Establecimientos formarán en la capital de la República la Escuela Central de Artes y Oficios , destinada á la educación de artesanos y al fomento de las artes industriales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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