Micelio

Artículo 3

O

Decreto 2122 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3o. Integración de la Comisión. La Comisión estará integrada por

1.

El Ministro de Comunicaciones, el cual la presidirá, o el Viceministro de Comunicaciones como su delegado.

2.

Dos funcionarios públicos en calidad de representantes del Presidente de la República.

3.

Tres expertos de dedicación exclusiva, designados por el Presidente de la República, para períodos de dos (2) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2122 de 1992