Ley 1328 de 2009 · por la cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Modifícase el primer inciso y adiciónase un parágrafo al artículo 48 de la Ley 454 de 1998, los cuales quedarán así:
Artículo 48. Inversiones de capital autorizadas a las cooperativas financieras. Las cooperativas financieras sólo podrán realizar inversiones de capital, en:
Parágrafo 3
Las cooperativas financieras podrán invertir en bienes muebles e inmuebles con sujeción a lo establecido para los establecimientos de crédito”.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.