Los responsables de los museos o colecciones de historia natural están obligados a. 1) Llevar un catálogo actualizado de los individuos o especímenes que integran las colecciones. 2) Rendir a la entidad administradora un informe anual en el cual se relacionen, entre otros, los siguientes aspectos
Publicaciones o estudios realizados con base en el material del museo o colección;
Lista de los investigadores visitantes indicando su nombre, nacionalidad, domicilio, especialidad, material estudiado, tiempo de estudio y demás datos que consten en la ficha que lleva el museo o responsable de la colección;
Reseña de las actividades de recolección, áreas visitadas, fecha y permiso de la AUTORIDAD AMBIENTAL que amparó tales actividades;
Incremento anual indicando si este se produjo por préstamo, canje, catalogación o compra o destinación por parte de la entidad administradora, indicando el nombre de la persona o entidad de quien se ha recibido, la fecha en que se produjeron esos movimientos, el número de los salvoconductos que ampararon la movilización y en el caso de compra el nombre del vendedor, la fecha y el número de la resolución que otorgó el permiso de caza comercial con fines científicos;
Individuos o material dado en préstamo o en canje dentro del país, indicando la fecha y el destinatario, así como el número del salvoconducto expedido por la entidad administradora que amparó la movilización;
Individuos o material dado en préstamo a personas o entidades nacionales o extranjeras residentes en el exterior y número de la resolución que autorizó la salida del país, con especificación del nombre del destinatario, la fecha y el término del préstamo.
Nómina del personal durante el año.