Micelio

Artículo 6

Dentro De Treinta Días Fórmense Los Escalafones De Oficiales De Sanidad, De Odontólogos Y De Veterinarios, Con El Personal Que Actualmente Presta Servicio

Decreto 996 de 1934 · Por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con los Oficiales de Sanidad, Odontólogos y Veterinarios del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Dentro de treinta días fórmense los escalafones de Oficiales de Sanidad, de Odontólogos y de Veterinarios, con el personal que actualmente presta servicio. Aprobados, esos documentos por el Ministerio de Guerra, se pasarán los despachos correspondientes.

Parágrafo

El Director General de Sanidad del Ejército quedará incorporado con el grado de Coronel, reconocido en el Decreto número 89 de 1932; los demás médicos que deseen continuar sirviendo en el Ejército, con los grados de Capitanes, Tenientes o Subtenientes, que corresponden en su orden a las actuales categorías de Médicos 1o, 2o y; los odontólogos que quieran seguir prestando sus servicios, con los grados de Tenientes o de Subtenientes, y los veterinarios con el grado de Subtenientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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