Micelio

Artículo 1

º

Decreto 717 de 1999 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Adaptación Laboral del Sector Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Comisión intersectorial de adaptación laboral del sector público. Créase la Comisión Intersectorial de Adaptación Laboral del Sector Público, para la coordinación y orientación superior de los programas del servicio de adaptación laboral del sector público. La comisión de que trata el presente artículo estará integrada por: - El Ministro de Trabajo y Seguridad Social o su delegado. - El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado. - El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional o su delegado. - El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública o su delegado. - El Director del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, o su delegado. - El Consejero Presidencial de Política Social o su delegado.

Parágrafo

Para el cumplimiento de sus funciones, si lo considera pertinente, la Comisión podrá invitar a sus reuniones a servidores públicos o representantes del sector privado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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