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Artículo 4

La Dirección Administrativa, Financiera Y Técnica De La Oficina Local De Los Seguros Sociales De Santa Marta, Estará A Cargo De Un Administrador, Quien Será Ejecutor De Las Normas Y Disposiciones Del Instituto

Decreto 1160 de 1961 · Por el cual se aprueba el Acuerdo Consejo Directivo del Instituto Colombiano Seguros Sociales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La dirección administrativa, financiera y técnica de la Oficina Local de los Seguros Sociales de Santa Marta, estará a cargo de un Administrador, quien será ejecutor de las normas y disposiciones del Instituto. La representación legal de la Oficina Local corresponde al Administrador, dentro de los límites señalados en estos estatutos, o que le señale el Consejo Directivo. Del Administrador

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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