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Artículo 36

Actos Que Deciden Impedimentos, Recusaciones, Recursos Y Revocatorias Directas Para Firma Del Director General

Resolucion 91 de 2021 · Por la cual se adopta el Modelo de Gestión Jurídica para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Asígnese al Director de Gestión Jurídica, la función de revisar para la firma del Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) los proyectos de actos administrativos de su competencia que deciden los recursos de reposición, apelación y las solicitudes de revocatoria directa en materia tributaria, aduanera, cambiaria y disciplinaria. Los demás actos administrativos de carácter particular para firma del Director General, serán proyectados y revisados por las áreas con afinidad temática con el acto administrativo.

Igualmente, se asigna al Director de Gestión Jurídica la revisión de los proyectos que resuelven los impedimentos presentados por los Directores de Gestión, Director Operativo, Directores Seccionales, Jefes de Oficina y demás cargos en los cuales el Director General sea el superior jerárquico o las recusaciones formuladas contra estos mismos.

La dependencia donde se interponga los recursos de apelación o de revocatoria directa deberán elaborar el proyecto de fallo para la revisión del Director de Gestión Jurídica, y posterior firma del Director General. En el caso del recurso de reposición, el Director General lo remitirá a la dependencia con afinidad temática, que considere pertinente, para la elaboración del proyecto y posterior revisión de la Dirección de Gestión Jurídica.

La dependencia donde se generen los impedimentos o recusaciones deberá elaborar el proyecto de acto administrativo por medio del cual se resuelven, para la revisión del Director de Gestión Jurídica, y posterior firma del Director General.

Parágrafo 1

o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011, cuando se trate de impedimentos o recusaciones contra subdirectores, subdirectores operativos, coordinadores, jefes de división, jefes de grupo interno de trabajo o funcionarios delegados, el competente para resolver será el respectivo superior jerárquico.

Parágrafo 2

o. En el caso de impedimentos o recusaciones de los Directores de Gestión, Director Operativo o Directores Seccionales, el proyecto de resolución de impedimento o recusación será elaborado por la Subdirección de Gestión del Empleo Público, para revisión de la Dirección de Gestión Jurídica, y posterior firma del Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Parágrafo 3

o. Cuando se trate de la resolución de impedimentos o recusaciones en relación con el Director de Gestión Jurídica, estos deberán remitirse junto con el respectivo expediente al Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), quien procederá a resolver dichos impedimentos o recusaciones y, en caso de ser procedente, designará Director de Gestión Jurídica ad hoc.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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