Micelio

Artículo 6

Presidencia

Decreto 2205 de 2003 · por el cual se modifica la estructura de la Empresa Colombiana de Gas, Ecogás, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Presidencia . Son funciones de la Presidencia, las siguientes

1.

Dirigir, coordinar, vigilar, controlar y evaluar la ejecución y cumplimiento de los objetivos, funciones, políticas , planes y programas inherentes al objeto de la entidad.

2.

Ordenar los gastos, dictar los actos administrativos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la entidad, dentro de los límites legales y estatutarios.

3.

Presentar a la Junta Directiva el anteproyecto de presupuesto y los planes de inversión de la Empresa, con arreglo a las disposiciones legales que regulan la materia y ejecutar las decisiones de dicho organismo.

4.

Proponer a la Junta Directiva y tramitar las modificaciones a la estructura y planta de personal de la Empresa.

5.

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Junta Directiva.

6.

Dictar las disposiciones que rigen los procedimientos y trámites administrativos internos.

7.

Nombrar, remover y contratar al personal de la entidad, conforme a las normas legales, reglamentarias y estatutarias vigentes.

8.

Designar mandatarios que representen a la Empresa en los asuntos judiciales y extrajudiciales, para la mejor defensa de los intereses de la entidad.

9.

Coordinar con el Ministerio de Minas y Energía, las acciones relacionadas con los asuntos institucionales.

10.

Presentar a los organismos de control correspondientes, los informes de gestión establecidos.

11.

Rendir informes al Presidente de la República y al Ministro de Minas y Energía, sobre las actividades desarrolladas, la situación general de la entidad y las medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la política del Gobierno.

12.

Crear y conformar grupos internos de trabajo mediante acto administrativo, teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.

13.

Ejercer la competencia relacionada con el control disciplinario interno, de acuerdo con la ley.

14.

Delegar en otros servidores públicos de la entidad, funciones atribuidas a su cargo, de conformidad con las normas vigentes.

15.

Las demás funciones que le señale la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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