° Declarado Nulo.
El primero, que se denominará Lote Uno, compuesto por 1.811.570.000.000 acciones. Las acciones que conforman este Lote se tomarán de las acciones ordinarias pagadas actualmente en circulación, que tienen la Nación y el Fondo en el capital del Banco de Colombia, en forma proporcional a las que posee cada una de tales entidades públicas. El Fondo señalará el plazo dentro del cual deben ser colocadas estas acciones. Las que no fueren vendidas en ese término, pasarán a formar parte del denominado Lote Dos.
Otro, que se denominará Lote Dos, compuesto por
El saldo de las acciones ordinarias y pagadas actualmente en circulación, que la Nación y el Fondo poseen en el Banco de Colombia;
Por aquellas del Lote Uno que no sean adjudicadas, y
Por los derechos de suscripción preferencial de que es titular la Nación en el Banco de Colombia de acuerdo con el artículo 303 del Decreto 663 de 1993. Vigente desde: 11/10/1993 y hasta el: 15/12/1994