Segregase del Departamento de Nariño y agregase al del Tolima la parte del Territorio del Caquetá comprendida dentro de los siguientes límites de la Laguna de Santiago, en el Páramo de las Papas 6 Paramo de Letrero, que da nacimiento al rio Caquetá, este rio aguas abajo hasta donde le afluye el rio Yari, un poco abajo del Salto de Aracuara; por el rio Yari aguas arriba hasta el nacimiento de su afluente el rio Lobo; de este punto en dirección norte al rio Unilla o Losada, que divide del Caquetá el departamento de Cundinamarca; rio Unilla aguas arriba hasta sus cabeceras; de allí en dirección occidental al rio Pato, y este aguas arriba hasta sus vertientes en la cordillera oriental, actual límite entre el Tolima y el Caquetá.
Ley 28 de 1904 →Vigente
Artículo 1
Ley 28 de 1904 · por la cual se segrega una parte del territorio del Departamento de Nariño y se agrega al del Tolima
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.