Micelio

Artículo 24

Determinación De Puntajes Para Calificación De Postulaciones

Decreto 1133 de 2000 · por medio del cual se reglamenta parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991 y 546 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Determinación de puntajes para calificación de postulaciones. La fórmula que se aplicará para la medición del puntaje es: PUNTAJE = (B1*((Vmv-Vs)/Vmv) + (B2*(GF-1)) + ((B3/Sis) + (B4*(AF/Vmv) + ((B5*(Amp/Vmv)) + (B6*Mj) + (B7*Pd) + (B8*(Np-1)) + (B9*NBlmr) Donde: Vs: Valor del subsidio solicitado en pesos. Vmv: Valor máximo de la Vivienda resultante en pesos. GF: Número de miembros del Hogar Sis: Estrato socioeconómico en el carné Sisben. AF: Valor aporte Familiar en pesos Amp: Valor Aporte Municipal en pesos. Mj: Condición de mujer jefe de hogar. Pd: Presencia de población dependiente. Np: Número de veces de postulación. NBlmr:Indice de Necesidades Básicas Insatisfechas Municipal rural. B:Constante. Los valores de las Constantes son: B1 = 750 B2 = 25 B3 = 100 B4 = 1.500 B5 = 1.500 B6 = 35 B7 = 35 B8 = 25 B9 = 100 Para efectos de determinar el puntaje se debe tener en cuenta que

a)

El valor máximo de la vivienda es de 50 salarios mínimos mensuales legales;

b)

El Grupo familiar que obtiene el mínimo de puntaje es de dos personas y el máximo se obtiene con grupo familiar de 5 o más personas;

c)

El número de postulaciones son: mínimo dos y el máximo 4 o más. En la primera postulación el puntaje es cero;

d)

El estrato socioeconómico por Sisben que tiene puntaje es 1 o 2. Cualquier otro valor tiene puntaje de cero;

e)

El valor de mujer cabeza de hogar es 1. Cualquier otra situación tiene un valor de cero;

f)

La presencia de población dependiente -Discapacitados, ancianos o niños-, tendrá un valor de 1;

g)

El Indice NBl deberá ser el oficial, certificado por el DANE.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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