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Artículo 56

Funciones De La Gerencia De Bancos De Segundo Piso

Decreto 2846 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S.A. y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Gerencia de Bancos de Segundo Piso. Son funciones de la Gerencia de Bancos de Segundo Piso

1.

Coordinar, supervisar y evaluar las responsabilidades de su competencia, de acuerdo con las directrices impartidas por la Vicepresidencia, para la ejecución efectiva de los programas adoptados por el Banco.

2.

Realizar las operaciones de redescuento de acuerdo con las políticas, procedimientos y normas acordados con los Bancos de Segundo Piso.

3.

Propender por que los resultados de los procesos generados de las operaciones de banca de segundo piso, se cumplan dentro de los tiempos definidos por el Banco y los acuerdos de niveles de servicio con los Bancos de Segundo Piso.

4.

Coordinar la implementación de programas especiales con los Bancos de Segundo Piso, previo a la salida a producción para garantizar al interior del Banco el adecuado soporte operativo para su implementación.

5.

Monitorear los procesos de garantías especiales e Incentivo Capitalización Rural se atienden, identificando deficiencias y propendiendo el cumplimiento de los estándares definidos por el Banco y las normas establecidas.

6.

Propender por que los aplicativos utilizados en el área están funcionando correctamente según las necesidades de la misma y cumpliendo con las normas legales establecidas para el manejo de los productos administrados.

7.

Brindar soporte operativo y funcional de las operaciones con Bancos de Segundo Piso.

8.

Garantizar que las falencias detectadas por los entes de control internos y externos sean superadas y exista cultura de mejoramiento continuo.

9.

Responder oportunamente a los requerimientos efectuados por las áreas y oficinas del Banco, clientes y entes de control internos y externos.

10.

Coordinar que el soporte que requieren las áreas y oficinas se brinde en forma eficiente y oportuna.

11.

Asignar, de acuerdo con la naturaleza de los cargos, las actividades y tareas específicas para el desarrollo efectivo y oportuno de los diferentes procesos, procedimientos y trámites ejecutados en el área.

12.

Ejercer la supervisión de los contratos de servicios (Outsourcing) que le asigne el Banco para su control, tendiendo a obtener los resultados y calidades requeridos en la contratación.

13.

Planificar y asignar las actividades del grupo a su cargo tendientes a mantener actualizados y aprobados los manuales de procesos y procedimientos del área.

14.

Administrar los riesgos inherentes a los procesos de operación bancaria.

15.

Propender por que los procedimientos y aplicaciones funcionan correctamente, cumplen con las normas y políticas del Banco y con las necesidades del área, de las dependencias y de las oficinas.

16.

Cumplir con los criterios definidos para la realización de pruebas sobre las nuevas funcionalidades o ajustes al sistema.

17.

Proponer estrategias para la administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.

18.

Propender por el cumplimiento de las políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos bajo su responsabilidad.

19.

Identificar mejores prácticas en los procesos a su cargo y guiar su implementación.

20.

Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.

21.

Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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