º. Establécese la siguiente nomenclatura y remuneración mensual de los empleos de la Justicia Penal Militar así: 1. Para los siguientes empleos del Tribunal Superior Militar. Denominación del Empleo Remuneración Mensual Magistrado de Tribunal Superior Militar 4.388.998 Fiscal ante Tribunal Superior Militar 4.388.998 Secretario de Tribunal Superior Militar 1.886.748 Relator 1.886.748 Oficial Mayor 1.189.474 Escribiente 845.847 Auxiliar Judicial
El empleo de Auxiliar Judicial tendrá los grados y la remuneración mensual señalados en el artículo 3º del Decreto 44 de 1999 y demás disposiciones que le modifiquen sustituyan o adicionen. 2. Para los Juzgados de la Justicia Penal Militar. Denominación del Empleo Remuneración Mensual Juez de Dirección o de Inspección 3.390.121 Fiscal ante Juez de Dirección o Inspección 3.390.121 Auditor de Guerra de Dirección o de Inspección 3.300.000 Juez de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana 3.031.711 Fiscal ante Juez de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana 3.031.711 Auditor de Guerra de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo o de Policía Metropolitana 3.000.000 Juez de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo, o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía. 2.332.088 Fiscal ante Juez de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo, o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía 2.332.088 Auditor de Guerra de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía 2.300.000 Juez de Instrucción Penal Militar 2.332.088 Secretario 1.183.730