Toda comunicación del Ministerio será autorizada con la firma de los siguientes funcionarios así:
Toda comunicación que implique definición de la posición del Gobierno en materias internacionales y que no constituya simple trámite ordinario será suscrita por el Ministro o el Viceministro de Relaciones Exteriores;
La dirigida a los jefes de las Misiones Diplomáticas de la República será suscrita, por el Ministro, los Viceministros, el Secretario General, los Jefes de Oficina, los Directores Generales, los Subdirectores, los Subsecretarios y los Directores de la Academia y del Protocolo;
La dirigida a los jefes de Misiones Diplomáticas acreditadas en Colombia, por el Ministro, los Viceministros, el Secretario General, los Directores Generales, los Jefes de Oficina, los Subdirectores, los Subsecretarios y los Directores de la Academia y del Protocolo;
La dirigida a los Ministros del Despacho y Jefes de Departamentos Administrativos por el Ministro, Viceministros, Directores Generales y el Secretario General;
La de las dependencias del Ministerio, en general, será suscrita por el Ministro, los Viceministros, los Directores Generales, el Secretario General, los Jefes de Oficina, los Subdirectores, los Subsecretarios, los Directores de la Academia y del Protocolo y los Jefes de División.