Micelio

Artículo 4

Aval A Cargo Del Fondo De Garantías De Instituciones Financieras

Decreto 600 de 2012 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1306 de 2009 y se expiden disposiciones en relación con los avales o garantías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Aval a cargo del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras. Los avales del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras a los guardadores que se encuentren en la situación del inciso tercero del artículo 82 de la Ley 1306 de 2009, se otorgarán mediante la constitución de una póliza. Los recursos para cubrir los valores de las respectivas primas de las pólizas de seguros se girarán al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, Fogafin, por la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público con cargo a recursos del Presupuesto General de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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