Participación en utilidades de acciones no pagadas íntegramente. Las acciones no cubiertas íntegramente en el respectivo ejercicio, solamente participarán de las utilidades en proporción a la parte efectivamente pagada por cada acción y al tiempo que hayan permanecido durante el período respectivo.
Decreto 263 de 1992 →Vigente
Artículo 14
Participación En Utilidades De Acciones No Pagadas Íntegramente
Decreto 263 de 1992 · Por el cual se aprueba la reforma integral de los Estatutos Sociales de la Financiera Energética Nacional S.A. FEN.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.